21 julio, 2011

Principios básicos de Justicia para víctimas




DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS DE 1985

SOBRE LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DE JUSTICIA PARA

LAS VÍCTIMAS DEL CRIMEN Y ABUSO DE PODER



La Fundación Instituto de Victimología insta a los poderes públicos y a los ciudadanos a respetar y hacer respetar los derechos de las víctimas proclamados en la Declaración de los Principios Fundamentales de Justicia relativos a las víctimas de delitos y del abuso de poder aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1985 y en particular afirman:

  1. Las víctimas deben ser tratadas con respeto a su dignidad y recibir el apoyo necesario para obtener reparación y poder superar de la mejor manera posible su situación de víctima.
  2. Las víctimas deberán ser tratadas de acuerdo con la igualdad que es inherente a su condición humana, sin discriminaciones ni tratos desiguales no razonables según su condición o la clase de delito o agravio sufrido.
  3. Las víctimas tienen derecho a ser informadas de las decisiones que se adopten en los procedimientos judiciales que les conciernan y de modo especial de aquellas que puedan afectar a su seguridad o que puedan tener efectos psicológicos sobre las mismas.
  4. Las víctimas deberán ser escuchadas antes de la adopción de decisiones que puedan afectar a su seguridad.
  5. Las leyes penales y procesales deben ser revisadas al objeto de permitir una adecuada protección de los testigos, evitar la confrontación visual directa entre éstos, especialmente los menores e incapaces, y los acusados y favorecer la mediación y otras formas de justicia reparadora con el debido respeto a las garantías del proceso.
  6. Las administraciones competentes deberán asegurar la presencia de un adecuado acompañamiento y asistencia profesional a las víctimas a lo largo del proceso y velar por la formación de los profesionales.
  7. Se deberán establecer, en colaboración con los profesionales de la información y la comunicación, guías de buenas prácticas en el tratamiento informativo de los hechos con víctimas en orden a que sea respetada la intimidad y el derecho a la propia imagen de éstas y de sus familias o allegados.


textos como el anterior o parecidos, me traen a la memoria los versos del maravilloso monólogo de Calderón de la Barca:

Sólo quisiera saber
para apurar mis desvelos
(dejando a una parte, cielos,
el delito de nacer),
qué más os pude ofender
para castigarme más.
¿No nacieron los demás?
Pues si los demás nacieron,
¿qué privilegios tuvieron
qué yo no gocé jamás?

¿Porque las personas que viven día a día, en su trabajo, situaciones de psicoterror, no son consideradas víctimas?

¿Porque nadie las ayuda, las informa, las sostiene?

No hay ninguna diferencia entre un estrés postraumático por un accidente de la naturaleza, por una desgracia personal o por mobbing.

Algún día llegará que nos respeten, que nos comprendan,
algún día, llegará que serán obligatorios los exámenes psicológicos obligatorios para quién trabaje en la Salud, en lo Sociosanitario,

Algún día, alguien entenderá que una narcisista perversa, sin moral ni escrúpulos, trabaja cuidando una veintena de ancianos; y si cambió la medicación para fastidiarme un ratito, puede volver a hacerlo.

Y... ¡quién sabe! puede que su próxima víctima no sea solamente una compañera de trabajo...

Tal es el desprecio que siente por la vida de los demás...


GRACIAS



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